Y LA CFC TEME QUE CON GASTON AZCARRAGA SE PUEDA GENERAR UN MONOPOLIO
Mario Di Costanzo
Secretario de la Hacienda Pública
Gobierno Legítimo
Secretario de la Hacienda Pública
Gobierno Legítimo
La venta de Aeromexico se complica cada día más y sobre todo con el interés que ha mostrado Gastón Azcarraga, presidente actual de Mexicana de Aviación, por Aeromexico.
Lo anterior en virtud de que si a Gastón Azcàrraga le fuere negado el derecho de entrar a la subasta por Aeromèxico, la Comisión de Competencia (CFC) tendría que explicar las razones de negar la entrada a Gastón Azcarraga y el por qué no ha actuado de la misma manera en el caso de los Bancos.
Y es que de acuerdo con informes dados por la CFC, este organismo ha señalado que Gastón Azcarraga, no puede entrar a la subasta en virtud de que si resultara el ganador de la aerolínea, el consorcio que se generaría nuevamente (Mexicana y Aeromèxico) detentaría como mínimo el 38.8% del mercado aéreo total, pero este podría ser de más del 58%.
En este caso, y de manera adicional la CFC tendría que explicar el por qué en el caso de los bancos, particularmente con BBV-Bancomer y Citygroup, quienes detentan aproximadamente el 50% del mercado, se ha actuado de manera tan flexible por este organismo regulador.
Lo anterior se complica aún más ya que independientemente del monto que ofrezcan por el Consorcio Aeromexico, la familia SABA y BANAMEX, están impedidos por la ley del IPAB para adquirir mediante subasta o cualquier otra forma, algún activo proveniente del rescate bancario y si así lo hicieren la Comisión de Vigilancia y la Auditoria Superior de la Federación estarían obligados a fincar responsabilidades a Maria Teresa Fernandez, (Secretaria Ejecutiva del IPAB) y a la Junta de Gobierno del Instituto por aprobar la operación contraviniendo el marco jurídico del Instituto y las normas para vender activos.
Para corroborar lo anterior, solo basta señalar que el 12 de agosto de 1999, el Instituto de Protección al ahorro Bancario (IPAB) dio a conocer su programa de Enajenación de Bienes, en el cual se sustentarían todas las operaciones de venta de activos que realiza el Instituto.
De ahí que el propio IPAB y en cumplimiento del articulo décimo tercero transitorio. Emitió el Programa de Enajenación de Bienes en el cual estableció que:
El Programa de Enajenación de Bienes seria de aplicación obligatoria en los procesos de delegación de administración y/o enajenación de Bienes a que se refiere el artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario.
Y en dicho programa se estableció que “No podrán constituirse como Oferentes y Adquirentes las personas que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos”:
viii) Personas físicas que en su carácter de accionistas de una Institución, que haya sido sujeta a programas de saneamiento financiero en términos del artículo Séptimo Transitorio de la Ley o implementados por el Instituto de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley, hayan formado parte del grupo de control de dicha Institución en términos de la Ley de Instituciones de Crédito.
Lo anterior quiere decir que ni la familia SABA, ni Banamex, pueden entrar a la subasta, ni mucho menos adquirir aeromexico, en virtud de que ambos fueron apoyados en su momento por el Fobaproa ya que este adquirió créditos o cartera de Banamex (véase Bank Report de Banamex) y también la familia SABA aparece dentro del Acta de Entrega del Fobaproa al IPAB como uno de los “originadotes de flujos en los Programas de Capitalización y Compra de Cartera” (véase anexo) lo anterior consta en la información que se encuentra en la propia Cámara de Diputados y en la que la Secretaria de la Hacienda Pública del Gobierno Legitimo ha hecho pública en su sitio de Internet.
ANEXO VER ULTIMO PÁRRAFO
VER TERCERA COLUMNA FILA 16 MAS O MENOS
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