viernes, 4 de julio de 2008

LA REFORMA FISCAL NO AFECTO A LAS GRANDES EMPRESAS: 202 MIL MILLONES DE PESOS SE DEJARAN DE RECAUDAR POR TRATAMIENTOS ESPECIALES

En el artículo 28 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, se establece la obligación para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de publicar en su página de Internet y entregar a la Cámara De Diputados, el Presupuesto de Gastos Fiscales.


Este “presupuesto” comprende en términos generales, los montos que deja de recaudar el erario federal por disposiciones establecidas en las distintas leyes que en materia tributaria aplican a nivel federal.


De esta manera y a pesar de que tanto Agustín Carstens como Felipe Calderón, en su momento señalaron que el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), tenía como objetivo “acabar con los paraísos fiscales en que tributaban las grandes empresas”; la realidad refleja que no fue así y que la falta de recaudación por este concepto, es lo que en realidad ha impedido disminuir de manera significativa “el régimen fiscal confiscatorio” que Pemex enfrenta.



Para corroborar lo anterior, sólo basta mencionar que de los 772 mil 364 millones de pesos que se dejaran de recaudar por concepto de tasas diferenciadas en los distintos impuestos, exenciones, subsidios y créditos fiscales, condonaciones, facilidades, estímulos, deducciones autorizadas, tratamientos y regímenes especiales, el 26%, es decir 202 mil 144 millones de pesos, corresponde directamente a conceptos relacionados con “grandes empresas”, lo que supera por mucho a los 122 mil 192.5 millones de pesos, que se dejaran de recaudar por la aplicación de la tasa cero en alimentos.

A) El caso del IETU:

Así en lo que se refiere al IETU, de los 96 mil 309 millones de pesos que se dejaran de recaudar, casi la mitad, es decir 42 mil 847.3 millones de pesos, se explican por concepto de las exenciones y tratamientos especiales que se otorgaron a las empresas en la fase final de aprobación de dicho impuesto , de esta manera, por consolidación fiscal se dejarán de recaudar en el caso del IETU, 19 mil 993 millones de pesos, por deducción de la adquisición de automóviles nuevos, 3 mil 481 millones de pesos, y por las deducciones que se relacionan con la adquisición de activos (depreciación acelerada de activos), poco más de 18 mil 882.6 millones de pesos.



B) El caso del ISR:

De manera adicional y por lo que toca al Impuesto Sobre la Renta (ISR), de los 252 mil 962.8 millones de pesos, que no se recaudarán, más del 60% se explica por las exenciones y tratamientos especiales en materia del ISR empresarial “cuyas posibilidades de elusión fiscal” ascenderán a 159 mil 297.9 millones de pesos, dónde destaca nuevamente el régimen de consolidación fiscal, con 31 mil 801 millones de pesos, así como la deducción inmediata de activos fijos con 23 mil 214 millones de pesos, la adquisición de automóviles nuevos con 9 mil 204 millones de pesos, que en conjunto ascienden a más de 64 mil 219 millones.



C) IETU E ISR:

En resumen, se observa que por concepto de “consolidación fiscal” régimen que supuestamente había desaparecido con la “supuesta reforma fiscal aprobada” se observa que se dejarán de recaudar, 51 mil 794 millones de pesos, y por conceptos relativos a la deducción acelerada de activos, “depreciación acelerada de activos”, 42 mil 96 millones de pesos.

Es decir que, de acuerdo con la propia dependencia que dirige Agustin Carstens la existencia de estas 2 “facilidades” que son utilizadas sólo por las grandes empresas, le costara al fisco mexicano en el 2008, 93 mil 890 millones de pesos, cabe destacar que si a lo anterior añadimos, la deducción sobre la adquisición de automóviles nuevos, la “elusión fiscal” asciende a poco más de 106 mil millones de pesos, cifra tan sólo 14% inferior a lo que se deja de recaudar por la tasa cero en el IVA de los alimentos.

Esto explica las verdaderas razones del porque en nuestro país la recaudación tributaria es de las más bajas de los países miembros de la OCDE y confirma que mientras que las empresas aportan entre 55 y 60% del ingreso nacional, su contribución al pago sobre el impuesto sobre la renta como porcentaje del PIB ha sido de 2.5% en promedio durante los últimos 7 años.

En tanto, la contribución fiscal de los asalariados que generan 25% del ingreso nacional, ha sido en promedio de 2.25 por ciento, en ese mismo lapso.

Esto es, aunque la contribución de las empresas debería ser al menos del doble de la de los asalariados, en virtud de que contribuyen con el doble a la generación de ingreso, no sucede así gracias a los “regímenes fiscales especiales” fundamentalmente dirigidos a las grandes empresas.

D) El caso del IVA:


Si bien es cierto, que lo que el fisco se dejará de recaudar por la aplicación del IVA en alimentos, ascenderá a 122 mil millones de pesos, no puede soslayarse que de acuerdo a la teoría económica y a pesar de que este tipo de impuestos resultan ser los más fáciles de administrar, en la realidad son altamente regresivos, es decir gravan más a aquellos que menos tienen, por lo que necesariamente empeoran la distribución del ingreso.

Para mostrar lo anterior asumamos el siguiente ejemplo:

Una persona en situación normal necesita consumir cierta cantidad de alimentos diariamente, independientemente de sus ingresos, por ello entre menos ingresos tenga dicha persona, mayor será la proporción de su ingreso que le destine a sus alimentos, conforme aumenten sus ingresos la proporción de su ingreso que destina a adquirir alimentos será menor.

De ésta manera, al gravar los alimentos se estaría dando una mayor carga fiscal a las personas de menores ingresos, y con ello se estaría empeorando la distribución del ingreso.

Más aún si consideramos que los mexicanos destinan en promedio el 30% de sus ingresos para la adquisición de alimentos y cerca del 80% de las familias en el país viven con un ingreso inferior a 6 salarios mínimos.



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