miércoles, 30 de enero de 2008

Gran Parte del Incremento en los Precios de los Alimentos Responde al Tremendo Intermediarismo que Además No Beneficia a los Productores:

Es Preciso que el Senado de la República Apruebe la Ley de Precios Competitivos

Mario Di Costanzo
Secretario de la Hacienda Pública
Gobierno Legítimo
Enero 29, 2008

Si bien es cierto que a nivel mundial, los precios de los alimentos han registrado incrementos que durante el año pasado, en promedio alcanzaron el 36%, también lo es que al menos en el caso de nuestro país, el crecimiento observado en el precio de muchos granos básicos, frutas, legumbres, hortalizas y cárnicos, se explica en buena medida por las tremendas imperfecciones del mercado de comercialización de estos productos y en especial a la existencia de grandes y poderosas empresas, que debido a la capacidad económica que tienen actúan como monopolios o bien se ponen de acuerdo entre varias ejerciendo un control oligopolio del mercado en el que operan.

Esta situación que desde hace mucho tiempo ha existido en nuestro país, se ha manifestado más duramente, por el “efecto aparente” del incremento de los alimentos a nivel mundial.

De esta manera, si revisamos los precios al mayoreo de diversos productos que se pueden adquirir en la central de abasto y los comparamos con los que se pueden encontrar en la diferentes tiendas de autoservicio como; Wall Mart, Chedraui, Comercial Mexicana o Soriana, nos damos cuenta que en la mayoría de los casos, existen diferencias que pueden ser hasta del 500%.

Así por ejemplo, se observa que mientras que el maíz blanco, el frijol, la zanahoria y el pollo entero, se cotizaron la semana pasada en la central de Abasto del DF, en 3.40, 7.60, 2.86 y 7.60 pesos por kilogramo respectivamente, en las principales tiendas de autoservicio del DF y de la zona metropolitana, sus precios por kilogramo se ubicaron en 16.69, 18.00, 9.99 y 26.0 pesos por kilogramo; lo que significa un diferencia 390.8%, 136.84%, 249.30%, 242.1%, respectivamente.




Por ello, es preciso que el Senado de la República apruebe la iniciativa de Ley de Precios Competitivos que a finales del mes de noviembre de 2006, Andrés Manuel López Obrador, envió a los senadores del Frente Amplio Progresista.

Conviene recordar, que dicha ley persigue retornar a las políticas de “fijación o control de precios” sino más busca el combate a las prácticas monopólicas u oligopòlicas en cuánto a su manifestación que es la existencia de “precios exagerados” en la economía.

Para ello, la Ley de Precios Competitivos que fue enviada al Senado de la República en el mes de noviembre de 2006, busca el establecimiento de una Comisión de Precios” que estaría analizando en base a diversos indicadores como índices de precios, costos, etc, el nivel que deben tener los precios al público, y cuándo esta Comisión determinara que existen elementos suficientes para determinar que el precio de un `bien o servicio es “exagerado” se tomarían las medidas conducentes.

Finalmente conviene mencionar que la Comisión de Precios, no estaría suplantando o duplicando las funciones de la Comisión Federal de Competencia, ya que mientras la primera combatiría la existencia de prácticas monopólicas u oligopòlicas por sus efectos; la CFC continuaría combatiendo las prácticas monopólicas u oligopòlicas por sus causas; es decir por la concentración del mercado o la dominancia.

miércoles, 23 de enero de 2008

EL GOBIERNO TIENE SUFICIENTES RECURSOS PARA DESTINARLOS A PEMEX;

EL PERMITIR INVERSION PRIVADA TRANFERIRIA PARTE LA RENTA PETROLERA A EMPRESAS EXTRANJERAS

Mario Di Costanzo
Secretario de la Hacienda Pública
Gobierno Legítimo

A) La Transferencia de la Renta Petrolera a Privados:

La renta petrolera se define; como la diferencia que existe entre el precio de venta del petróleo y su costo de extracción, esto significa que si en promedio el extraer un barril de petróleo en nuestro país tiene un costo de 8 dólares y se vende en los mercados internacionales en aproximadamente 80 dólares, la “renta petrolera” equivale a 72 dólares por barril.

Luego entonces, esta “renta petrolera” es la que hasta ahora se ha utilizado como una de las principales fuentes de ingreso de las finanzas públicas y no como una de las principales fuentes de ingreso para la expansión del sector energético o en todo caso, del sector petrolero del país.

Por ello, a pesar de que tanto Felipe Calderón, como los legisladores del PRI y del PAN han señalado que la “Reforma Energética” que se presentará no buscará la privatización de Petróleos Mexicanos, el simple hecho de permitir la inversión privada en los procesos de Refinación, Exploración, Distribución y Comercialización del Petróleo, implicaría la “transferencia o cesión” de buena parte de la Renta Petrolera que es de todos los mexicanos, a compañías privadas extranjeras.

Más aun, si el principal argumento que se ha dado por parte de los grupos que quieren abrir el sector, consiste en señalar que el país no cuenta con recursos para financiar la expansión de la industria:

Para corroborar lo anterior; solo basta señalar lo siguiente:

De acuerdo con el último informe financiero de PEMEX, al 30 de septiembre de 2007, la paraestatal reporto ventas totales por 808 mil 128 millones de pesos (73,927 millones de dólares) y un costo de ventas más gastos generales de 375 mil 339 millones de pesos (34,336 millones de dólares), es decir que la “renta petrolera” fue de 432 mil 789 millones de pesos.

Sin embargo el mismo informe señala que al 30 de septiembre, la paraestatal entregó o pagó al fisco; entre impuestos, derechos y aprovechamientos, 457 mil 341 millones de pesos, es decir, tuvo que entregar; “la totalidad de la renta petrolera” más 25 mil millones de pesos aproximadamente.



Es obvio que esta situación muestra entre otras cosas la elevada carga fiscal que tiene PEMEX y que sin lugar dudas no se mantendría para las empresas privadas que entraran al negocio del petróleo, lo anterior en virtud de que ninguna empresa del mundo, aceptaría o sería rentable, con esa carga fiscal.

Por ello, necesariamente la inversión privada o empresas privadas que entraran al “nuevo negocio” no aceptarían hacerlo ante tal “carga fiscal” por lo que necesariamente a ellos se le aplicaría una tasa fiscal diferente y mas reducida que la que actualmente enfrenta PEMEX, lo que les permitiría a las nuevas empresas en el negocio, es decir las “nuevas empresas” adueñarse de la “renta petrolera”.

Cabe señalar que por lo menos sin la apertura se esta garantizando que dicha “renta petrolera”· tenga como destino “las arcas nacionales”, sin embargo con la apertura a la inversión privada aunque esto no implique de fondo una privatización total, se estaría cediendo una buena parte de esta “renta petrolera” a empresas privadas, quienes utilizarían la “renta petrolera” que antes era de la nación para construir mas infraestructura petrolera, lo que les permitiría cada vez más adueñarse de una porción mayor de la renta petrolera nacional.

B) Si hay Recursos para Invertirlos en el Sector:

De acuerdo con la última información disponible de la SHCP, al mes de noviembre de 2007, las finanzas públicas registraron un “superávit fiscal” es decir mas ingresos que gastos, por 192 mil 097.9 millones de pesos, lo anterior es producto de haber obtenido ingresos por 2 billones 35 mil 500 millones de pesos y de haber realizado gastos por 1 billón 874 mil 615 millones de pesos.



Es conveniente señalar que la favorable evolución de los ingresos presupuestarios se explica en gran medida debido a la favorable evolución de los ingresos petroleros que el mes de noviembre fueron de 753 mil 153.3 millones de pesos, lo que representó el 37% del total, es decir que de cada peso que ingreso al gobierno 37 centavos provinieron directamente del petróleo, es conveniente señalar que esta proporción es mayor si se considera la recaudación proveniente del IVA de las gasolinas y los excedentes petroleros estos últimos se estima que al mes de noviembre ascendieron a 113,399 mil millones de pesos.



En contraste se observó que el gasto público se concentró en el gasto corriente que ascendió a 1 billón 231 mil 836.1 millones de pesos, cifra que representa el 61.1% del gasto total, seguido por el gasto no programable que representó el 25.5% y que se conforma principalmente por el Costo Financiero de la Deuda y las Participaciones Federales a los Estados de la República,

Es importante señalar que a pesar de contar con recursos en caja, es decir con un importante superávit fiscal, la inversión física del gobierno representó sólo el 12.5% del gasto total realizado al mes de noviembre de 2008, al ascender a 253 mil 569 millones de pesos, en tanto el pago de sueldos y salarios del gobierno, fue de 565 mil 275.2 millones de pesos, cifra que representa más del doble del gasto destinado a la inversión, a esto hay que añadir que al mismo período el gasto de operación del gobierno se ubicó en 425 mil 499.1 millones de pesos siendo también mayor a la inversión física directa gubernamental.



Esto comportamiento resulta aún más absurdo y contradictorio al observar que tan solo al mes de septiembre la inversión en obra pública para PEMEX fue de 4 mil 314.3 millones de pesos y para mantenimiento de proyectos fue de 1 mil 599 millones de pesos, mientras que el costo de los PIDIREGAS ascendió a 21 mil 790.6 millones de pesos y el pago de intereses de su deuda a poco más de 31 mil millones de pesos

Esta situación que ilustra claramente la tremenda descapitalización de PEMEX en cuanto a infraestructura y mantenimiento de sus activos físicos productivos



Finalmente es importante señalar que el “superávit fiscal” obtenido al mes de noviembre y que no es otra cosa mas que recursos que tiene en “caja” las arcas públicas, son equivalentes al programa de gasto anual de petróleos mexicanos para 2007,

C) Para bajar el costo de los energéticos e incrementar la competitividad de las empresas es necesario modificar la estructura de PEMEX y para ello no se requiere de inversión privada


A pesar de contar con varios complejos petroquímicos, así como con petróleo y gas natural, México desperdicia el gran negocio de la petroquímica, debido a una política energética diseñada expresamente para entregar este gran negocio a los privados y a las empresas extranjeras.

De esta manera y de acuerdo con los datos publicados por el Sistema de Información de Energía de Pemex Petroquímica, se observa que mientras que en 1995 la producción de petroquímicos fue de 19 mil 073 millones toneladas anuales, para el 2006 fue de sólo 10 mil 422.5 millones de toneladas toneladas.



Este comportamiento se explica por 2 factores importantes; el primero es el olvido presupuestario en el que se ha tenido a la petroquìmica, ya que los recursos destinados a esta actividad de PEMEX se han reducido permanentemente con respecto al año 2000, con lo que su disminución real ha sido de 35%, con respecto al año 2000.



Y el segundo, se explica en función de la manera en como esta organizado Petróleos Mexicanos y sus diferentes subsidiarias, ya que Pemex – Exploración, que es la empresa encargada de extraer el gas, le vende a Pemex – Gas y Petroquímica, el gas extraído a precios internacionales, aún y cuando el costo de extracción de este energético es infinitamente menor.

Esta situación provoca que las plantas petroquímicas que existen en el país (Morelos, Cangrejera, Cosoleacaque, Pajaritos) entre otras, de inicio queden fuera de competitividad en precios, para poder competir en el mercado internacional por lo que muchos de estos derivados del gas y del petróleo tienen que ser importados a un precio mayor, lo que definitivamente impacta negativamente en la competitividad de la industria en el país.

En este sentido y muy particularmente llama la atención el caso de la producción de Amoniaco, ya que esta sustancia es el insumo más importante para la producción de fertilizantes y en dónde la producción se ha visto totalmente devastada en los últimos 7 años, a grado tal, que el complejo petroquímico de Cosoleacaque, que está diseñado para producir aproximadamente 2 millones 220 mil toneladas anuales de amoniaco, o sea 15 millones 440 mil toneladas en 7 años, produjo apenas 4 millones 200 mil toneladas, lo que implico que dado el valor comercial de este producto (2 millones 700 mil pesos por tonelada) dejaran de ingresar al país, poco más de 30 mil millones de pesos.

Es importante destacar que el Amoniaco es un ingrediente fundamental en la elaboración de fertilizantes y que el costo de los fertilizantes representa casi el 20% del costo en la producción de maíz, por lo que este es un claro ejemplo de cómo la falta de coordinación entre la política energética y la política agroalimentaria, tiene consecuencias graves tanto para la alimentación de los mexicanos, como para el intercambio comercial ya que México es un importador de maíz, debido supuestamente a que en los Estados Unidos se comercializa más barato este producto.

Es de señalar que precisamente en el caso de los fertilizantes, muy cerca del Complejo Petroquímico de Pajaritos, en Coatzacoalcos Veracruz, y en parte de las instalaciones abandonadas que algún día fueron propiedad de Fertimex, opera una empresa llamada Agro-Mex, que importa Amoniaco y lo transforma en fertilizantes que vende a los productores agrícolas nacionales a precios internacionales.

Otro caso que resalta, es el de la producción de polietileno en dónde se observa que es en el Complejo Petroquímico de Pajaritos, el único lugar en el país, en donde se produce polietileno de alta densidad, producto que es muy demandado en la industria y según las autoridades de PEMEX, dicho complejo opera con pérdidas.

Un factor adicional es que mientras que en nuestro país, el gas natural se utiliza para producir electricidad, en otros países, y dado que existen procesos para dañar menos el medio ambiente, la electricidad se genera con combustòleo que es un residuo del proceso de refinación del petróleo, guardando el gas natural para la producción de petroquímicos, que es el verdadero negocio de la industria del petróleo.

Esta situación refuerza y confirma que la propuesta hecha por el Gobierno Legitimo de Andrés Manuel López Obrador, en el sentido de que si es posible rescatar al sector energético, puesto que se cuenta con recursos gubernamentales para la expansión y crecimiento del sector, siempre cuando se lleve a cabo la eficientaciòn y reducción del gasto público superfluo, la canalización de los excedentes petroleros a la propia industria y la reorganización de PEMEX para contar con una industria petrolera integrada que elimine los altos precios de transferencia entre las subsidiarios de PEMEX, ya que el único beneficiado de esta política de precios, ha sido el gobierno y no la industria, ni mucho menos PEMEX.

Por ello, si bien es cierto que a un y cuando en el discurso de Calderón y de los legisladores del PRI y del PAN, se niega que la Reforma Energética, busque la “privatización del petróleo” el hecho combinado de la poca o nula inversión gubernamental en PEMEX, combinada con una apertura al capital privado, permitiría que los nuevos inversionistas privados se adueñaran paulatinamente de la “renta petrolera” de la Nación, que es equivalente a privatizar a la industria del petróleo.

Por ello, el verdadero fondo de la discusión, es y deber ser, quien o quiénes van a controlar “la renta petrolera del país”, ya que la única, aún sin privatizar al petróleo, la inversión privada, seguramente se apropiaría de la renta petrolera de la nación.

Por ello, para que la nación pueda conservar a la “renta petrolera” como un patrimonio de los mexicanos, tiene y debe de realizar las inversiones de manera directa.


viernes, 18 de enero de 2008

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION ACTUA COMO PALERO DE LA PRIVATIZACION DEL SECTOR ENERGETICO

Mario Di Costanzo
Secretario de la Hacienda Pública
Gobierno Legítimo
Enero, 16 del 08

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION ACTUA COMO PALERO DE LA PRIVATIZACION DEL SECTOR ENERGETICO Y LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION TIENE LA OBLIGACION DE ACTUAR Y PRESENTAR QUERELLAS Y HASTA UNA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL

La decisión asumida por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de declarar inconstitucional el oficio OSAF/1565/2005, en el que se declara inconstitucional la “orden” dada por la Auditoria Superior de la Federación a la Comisión Reguladora de Energía en 2003, para la revisión de los más de 300 permisos concedidos por el gobierno federal a empresas nacionales y extranjeras, es una muestra de que la SCJN actúa nuevamente como “palero” del régimen, de la misma manera que lo hizo en el caso de FOBAPROA cuando declaro inconstitucional la “orden” que el Auditor Superior le había dado a la SHCP para reducir el valor del pagaré de Banamex y de Bancomer, por contener operaciones “ilegales”.

Sin embargo esta resolución no debe traducirse en una “puerta falsa” para que nuevamente el Auditor Superior de la Federación, se lave las manos, como lo hizo en el caso FOBAPROA y rehuyendo a su responsabilidad señale que tiene las manos atadas o bien, que se le ha impedido actuar.

Lejos de ello, el Auditor Superior de la Federación esta obligado a presentar una controversia constitucional debido a que en sus observaciones derivadas de la Revisión de las Cuentas Públicas en 2002 y 2003, señaló que “los permisos otorgados para la generación privada de energía eléctrica contravenían el artículo 27 de la Constitución.

Por ello y en virtud de que la Ley de Fiscalización Superior, le otorga al Auditor la facultad de iniciar querellas contra los funcionarios públicos que violen la ley, el tiene la obligación de ejercer dicha facultad llevando a cabo las denuncias correspondientes.

Más aún, la Suprema Corte de Justicia, sobre lo que realmente se pronunció fue por el hecho de que la Auditaría Superior de la Federación, “no tiene facultades constitucionales” para darle “ordenes” al Poder Ejecutivo, y por el asunto de la “anualidad de las revisiones” mas en ningún momento la Suprema Corte de Justicia, se ha pronunciado sobre la Constitucionalidad o Inconstitucionalidad de los contrato otorgados por el Gobierno Federal, (particularmente por la Comisión Reguladora de Energía) para la generación privada de energía eléctrica.

En tal virtud el Auditor Superior de la Federación, está obligado a presentar esta controversia, para que en todo caso, sea la Suprema Corte de Justicia, la que esté obligada a pronunciarse sobre el “fondo del asunto” que al final es “la generación privada de energía eléctrica” y no sobre la “facultad o no del Auditor Superior, para darle ordenes al Ejecutivo.

Hay que recordar que desde la revisión de la Cuenta Pública del 2002, la Auditoria Superior de la Federación estableció observaciones, en las que contó con el apoyo del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, y se concluyendo textualmente lo siguiente:
Cuenta Pública 2002:

La ASF realizó 3 revisiones especiales, con relación al sector eléctrico, una de ellas a la CFE y dos a la Comisión Reguladora de Energía con los siguientes objetivos:

CFE

a) Evaluar la confiabilidad de la metodología aplicada por la CFE para la planeación del Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

b) Determinar la razonabilidad de la demanda de energía y la capacidad de generación, establecidas en el Programa de Obras e Inversiones del Sector Eléctrico (POISE) para el periodo 2003-2011.

c) Analizar las necesidades de inversión establecidas en el POISE para financiar el crecimiento de la capacidad de generación de energía eléctrica (2003-2011)

CRE

d) Constatar que la CRE se ajustó a la normativa en el otorgamiento de los permisos y que los permisionarios cumplieron con lo establecido en la Constitución y en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), en su reglamento y en los títulos de permiso.

Al respecto el Informe sobre la Revisión de la Cuenta Pública 2002, concluyó lo siguiente:

1) Las estimaciones de la CFE muestran que la demanda nacional crecerá en promedio anual 5.6% y la ampliación de la capacidad de generación en 4.7%.

2) Conforme al POISE, se requiere incorporar al SEN un total de 27,246 MW, de los cuales 12,611 MW ya están comprometidos y entraran en operación entre 2003 y 2008, restando 14,365 MW.

3) La CFE tiene planeado financiar la creación de infraestructura con 205,693 millones de pesos, de los cuales el 56.1% corresponderá a la modalidad OPF, el 43.5% a los PIE y sólo el 0.4% a recursos propios de la CFE.

4) De los 19 permisos que se tomaron como muestra, otorgados en 2002, no están fundados, ni motivados lo que contraviene la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

5) La CRE otorgo un permiso en a pesar de que en 2 ocasiones la opinión de la CFE fue negativa.

6) En 4 de los 19 permisos, se incluye una salvedad que permite la venta de energía eléctrica a los socios, lo que se presume contrario a los artículos 27 Constitucional y 36 segundo párrafo de la LSPEE.

7) En tres casos se encontraron contratos de compraventa de energía eléctrica, entre el permisionario y sus socios, lo que se presume en contrario a los artículos 27 Constitucional; 36 de la LSPEE; y su reglamento.

8) En 26 de los 89 permisos revisados se incluye una salvedad que permite la venta de energía eléctrica a los socios, lo que se presume contrario a los artículos 27 Constitucional y 36 segundo párrafo de la LSPEE.

9) Para las revisiones de la operación del CRE se contrató al Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, con el objeto de que realizara un estudio sobre la constitucionalidad y la legalidad de los permisos, y como resultado de ello, el IIJ concluyo que la LSPEE y su reglamento probablemente contravienen el espíritu de la Constitución.

10) Con las 3 auditorias se formularon 31 observaciones que generaron 52 acciones promovidas: 31 recomendaciones; 16 solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control de la CRE, para promover el fincamiento de responsabilidades; 4 solicitudes de aclaración para que la CFE, la CRE y la SHCP, expliquen por qué con el cobro de los servicios de porteo y de respaldo no se cubren los costos medios contables de proporcionar esos servicios; y una solicitud de aclaración a la CRE para que explique cuál es la situación actual de uno de los permisionarios de autoabastecimiento.

Por ello, y en virtud de que estas observaciones realizadas por la ASF; desde entonces y hasta la fecha, aún no han sido solventadas, el Auditor Superior de la Federación, está obligado a actuar de “oficio” y no convertirse en un “cómplice como lo hizo en el asunto del FOBAPROA” .
Más aún si el propio Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, concluyo que la LSPEE ,su reglamento y los contratos de generación de energía eléctrica a los privados probablemente contravienen el espíritu de la Constitución.